Lecciones de la crisis del hantavirus: marco competencial y responsabilidad institucional como un elemento adicional a la batalla política
Teniendo en nuestra memoria los efectos de la pandemia del coronavirus, la crisis del hantavirus asociada al buque MV Hondius nos rescató temores que veíamos superados, y articuló en el mundo polarizado en el que vivimos, un elemento más en la batalla política.
En estos momentos, los 12 pacientes que permanecían en cuarentena por posible contacto con el hantavirus han recibido el alta del Hospital Militar Gómez Ulla, pasando a una situación de aislamiento domiciliario, quedando únicamente, en el momento en que escribo estas líneas, un pasajero ingresado en la Unidad de Aislamiento del complejo hospitalario.
Este episodio nos obliga a reflexionar sobre cómo responde España ante una amenaza sanitaria internacional, máxime cuando nuestro país tiene un modelo político y territorial muy cercano al Estado federal, con competencias repartidas y descentralizadas.
Aunque la sanidad es una competencia autonómica, todos los que hemos seguido este suceso hemos podido apreciar el componente estatal en dicha respuesta sanitaria, dirigida por el Ministerio de Sanidad en coordinación con distintas instituciones internacionales como la OMS y la European Centre for Disease Prevention and Control (ECDC), así como las propias instituciones sanitarias de los países afectados.
Por ello, conviene detenernos en qué administraciones están llamadas a intervenir, qué instrumentos jurídicos existen para limitar derechos fundamentales cuando ocurren crisis que afectan a la salud pública, sin contar con el ya conocido Estado de Alarma, y qué papel deben asumir nuestros responsables políticos, sean del color político que sean, en sus mensajes y comunicaciones institucionales, cuando el miedo social y la incertidumbre de la población se abren paso en el debate público.
El brote de hantavirus, detectado en un crucero de bandera neerlandesa con destino a Cabo Verde, fue notificado el pasado 2 de mayo de 2026 por el Punto Focal Nacional del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) de 2005 del Reino Unido a la Organización Mundial de la Salud (OMS), tras producirse un elevado número de casos de enfermedad respiratoria grave asociados al buque, con los primeros casos de fallecidos entre el pasaje y la tripulación.
Las pruebas diagnósticas pronto confirmaron los primeros casos de hantavirus Andes, una variante relevante por su posible transmisión entre personas. En España, el episodio adquirió una dimensión especial, activándose el 7 de mayo el mecanismo de Protección Civil Europeo, con el objeto de dar respuesta a la emergencia acontecida, decidiéndose en los días 10 y 11 de mayo el desembarco del pasaje y tripulación del buque afectado en el puerto de Tenerife bajo un gran despliegue de medios.
La respuesta internacional, incardinada en el marco del Reglamento Sanitario Internacional, y adicionalmente en el caso de la Unión Europea con el Reglamento (UE) 2022/2371 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022 sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud, permitió un intercambio continuo y fluido de información, favoreció la investigación epidemiológica de la posible fuente de exposición y de las características de mayor patogenicidad y transmisibilidad del virus, y demostró que la colaboración internacional es clave para evitar las futuras amenazas a la salud pública.
En torno al marco competencial, conviene destacar que no estábamos ante una emergencia de tipo ordinario de salud pública interior, sino ante una crisis sanitaria internacional con entrada por frontera marítima. Y ahí aparece una competencia estatal desconocida, la labor de los funcionarios de Sanidad Exterior.
Personal sanitario destinado en puertos, aeropuertos y fronteras, cuyas funciones principales son las de velar por la vigilancia sanitaria de medios de transporte internacional, el control de condiciones higiénico-sanitarias, y la vigilancia en general de posibles elementos transmisores de enfermedades.
A esta actuación sanitaria se sumaron capacidades de seguridad, logística y defensa. En el plano de la seguridad, los que seguimos el desembarco en directo observamos a las unidades de la Guardia Civil especializadas en amenazas NRBQ; y dentro de la dimensión militar de las emergencias, la Unidad Militar de Emergencias añadió un componente clave en la intervención, transporte de pasajeros y descontaminación.
A lo que se sumó el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla, especializado en este ámbito, para aislar a los pasajeros españoles con sospecha o confirmación de la enfermedad.
Pero al igual que ocurrió con la crisis del coronavirus, la salud pública puede colisionar con otros derechos fundamentales, como la libertad de movimiento. Con polémica política incluida, con la ministra de Defensa afirmando la voluntariedad del confinamiento, y la ministra de Sanidad, afirmando la obligatoriedad de la cuarentena si fuera necesario.
En un Estado democrático como el nuestro, la Administración debe ponderar los bienes jurídicos que se ponen en juego, pero cuando debe prevalecer la salud pública, opera la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, cuyo art. 2 permite a las autoridades sanitarias adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando existan indicios racionales de peligro para la salud de la población por la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas.
Cuando las emergencias sanitarias cruzan fronteras, la debilidad institucional se contagia más rápido que cualquier virus.
A este precepto, se une su art. 3, el cual habilita medidas para el control de enfermos, y del medio ambiente inmediato en caso de riesgo transmisible. Cuerpo normativo que se completa con la Ley 33/2011, General de Salud Pública, que refuerza la vigilancia y coordinación en salud pública, que en concordancia con el art. 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, prevé que, con la autorización o ratificación judicial, puedan aplicarse medidas sanitarias urgentes que impliquen limitación o restricción de derechos fundamentales.
Este episodio de contradicción entre ministerios del Gobierno de España demuestra, una vez más, la importancia de la claridad institucional. Si un Ministerio dice que una cuarentena es voluntaria, y otro sostiene que puede confinar a los sospechosos, el ciudadano puede verse en una situación de desconfianza, sospecha y entrar en el abanico de las conspiraciones.
La comunicación pública no puede fallar, y en este punto conviene destacar también la responsabilidad política de la oposición y de los gobiernos autonómicos en general. La crítica política es legítima y necesaria, especialmente en casos como estos donde se gestionan posibles riesgos a la salud pública. Pero esa crítica debe estar sustentada en elementos empíricos, con cautela, prudencia y lealtad institucional.
Una emergencia, más si cabe sanitaria, no puede convertirse en una competición por ver quién alarma más, quién responsabiliza antes o quién se blinda mejor ante la opinión pública.
La polémica de Fernando Clavijo y el riesgo a las “ratas nadadoras” es un buen ejemplo de cómo una preocupación sanitaria puede acabar degradada en caricatura política. El presidente canario defendió su inquietud ante la posibilidad de que roedores infectados pudieran abandonar el buque y llegar a tierra, insistiendo en que no era esperable, pero que no podía descartarse totalmente.
La polémica derivó en burlas, memes y reproches cruzados con el Gobierno Central, con informe del Ministerio de Sanidad negando dicha tesis. En salud pública, el principio de precaución importa, pero también la proporcionalidad. No todo riesgo remoto justifica un cuestionamiento absurdo a una operación sanitaria internacional, y no toda advertencia política merece ser ridiculizada sin más.
La función de un responsable público no es alimentar el miedo, pero tampoco trivializarlo. En ese encaje de bolillos, es función del político el traducir el riesgo en medidas proporcionadas, comprensibles y ejecutables, para la población, sin alarmar ni crear pánicos infundados.
La OMS, por su parte, ha situado esta crisis en el marco del Reglamento Sanitario Internacional, alabando el trabajo de nuestro país, que no actuó solo como un mero país receptor de un problema ajeno, sino como Estado con capacidad de contribuir a una respuesta internacional.
La gestión del MV Hondius obligó a coordinar evacuaciones, cuarentenas, traslados, así como la vigilancia epidemiológica, con países y organismos internacionales. Todo ello permite extraer una conclusión relevante, nuestro país dispone de mecanismos suficientes para afrontar emergencias complejas.
Pero disponer de ellos no basta, hay que activarlos con rapidez, comunicarlos con claridad y coordinarlos sin ruido político. La crisis del hantavirus no ha tenido, afortunadamente, la dimensión social de una pandemia. Pero sí ha funcionado como un ensayo real de las capacidades estatales y la cooperación entre administraciones nacionales e internacionales.
En definitiva, esta crisis nos recuerda que un país fuerte, es aquel capaz de poner todos sus elementos y mecanismos al servicio de un interés común, sin convertir cada emergencia en una batalla partidista.
Y los deberes que nos dejan de este episodio, es que la labor de la oposición es la de fiscalizar, pero con lealtad institucional, sentido de Estado y serenidad pública. Por su parte el Gobierno Central debe explicar bien cómo toma sus decisiones, y tiene que mejorar la comunicación interministerial, para no difundir el miedo o la desconfianza institucional.
Finalmente, las comunidades autónomas, algunas que señalaron falazmente que no fueron informadas, deben defender sus intereses territoriales, pero sin olvidar que hay emergencias que, por su naturaleza, exigen una respuesta estatal.
Porque cuando las emergencias sanitarias cruzan fronteras, la debilidad institucional se contagia más rápido que cualquier virus, y frente a un mundo cada vez más polarizado, la mejor vacuna sigue siendo la misma: ciencia, comunicación, coordinación y responsabilidad.
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