Una emergencia sanitaria exige la inmediata adaptación, incluso transformación, del sistema de salud y un empleo intensivo del análisis de datos. Un principio elemental del tratamiento de los datos en cualquier circunstancia, y más en el caso de emergencias, es el de su calidad, cuyo atributo más esencial además de su precisión y adecuación, es su disponibilidad en tiempo oportuno. La utilización efectiva de la salud digital durante una emergencia depende de las características del sistema de información de salud y de su capacidad de adaptación.
La necesidad de información durante una emergencia sanitaria depende del tipo de emergencia. Cuando se trata, por ejemplo, de un incendio en un hospital que obliga a su evacuación, lo principal será la identificación y localización de los pacientes evacuados, y la disponibilidad de su información clínica. Sin embargo, en el caso de un atentado o accidente con una afluencia extraordinaria y simultánea de heridos al área de urgencias, la prioridad será su identificación y triaje, no necesariamente por ese orden, que permitirán su atención organizada y la elaboración de la lista de atendidos en el centro y su gravedad. La siguiente prioridad es el registro de esa información en la historia clínica electrónica. En el caso de una epidemia o intoxicación masiva, además de las necesidades anteriores, se añade la necesidad de una encuesta epidemiológica para localizar el foco y los contactos con objeto de evitar nuevos contagios o nuevas intoxicaciones.
En cualquier caso, las necesidades de información en caso de emergencias sanitarias superan a las propias de la asistencia sanitaria, porque se añaden las indispensables para los servicios de salud pública y de protección civil, que precisan analizar con gran rapidez y máxima precisión los datos. Si el sistema de información de salud se ha desarrollado centrado en el paciente y dentro de un marco de interoperabilidad, la integración entre los sistemas de información de salud pública y los asistenciales permitirá que esa información esté disponible para los servicios de salud pública.
La interoperabilidad entre el sistema de información clínico y el de salud pública es un requisito que no siempre se cumple. Como los servicios de salud pública tienen casi siempre una dependencia orgánica distinta de la que tienen los asistenciales, los sistemas de información se han desarrollado de manera que reflejan esa separación. En estos casos siempre ha faltado una estrategia de salud centrada en las personas, tanto desde el punto de vista individual como colectivo. Cuando los sistemas no están integrados se recurre al papel o a medios demasiado básicos, casi siempre en formatos dispares y previa elaboración, para transmitir los datos con seguridad, precisión y rapidez. Un ejemplo demasiado frecuente en algunos servicios de salud es la transmisión de información, también clínica, por correo electrónico. La transferencia de datos que precisa la intervención de las personas hace que los errores sean más frecuentes y que los datos no siempre estén disponibles cuando se necesitan.
En cambio, si el sistema de información de salud es interoperable, los servicios de salud pública dispondrán de forma habitual de los datos que se generan en los sistemas de información clínicos. Por ejemplo, en el caso de una epidemia, además de su identificación, la fecha y hora en que los pacientes acuden a los centros de atención primaria u hospitales, su domicilio, su teléfono, si precisan ingreso hospitalario o no, el diagnóstico clínico o confirmado con las exploraciones necesarias, la fecha y hora de ese ingreso y de los traslados a las unidades de cuidados intensivos, altas y su motivo, y el diagnóstico al alta. En el caso de enfermedades infecciosas para las que existe vacuna, la historia clínica electrónica debe contener la información necesaria sobre si cada paciente ha sido vacunado o no, cuándo, y los datos que permitan identificar la vacuna empleada. Esta integración ya permite conocer la incidencia y prevalencia, que es una información imprescindible en caso de una epidemia, o la gravedad del accidente u otra causa externa que provoca la emergencia; además de, cuando sea de aplicación, la efectividad de la vacuna.
La interoperabilidad entre el sistema de información clínico y el de salud pública es un requisito que no siempre se cumple
En caso de una epidemia a esta información se añade la que se genera por la encuesta epidemiológica, que se dirige a localizar los contactos y el foco de infección. Los servicios de salud pública deben disponer de un sistema de información que, además de la información clínica, integre la de salud ambiental y alimentaria, entre otras fuentes. Los datos clínicos, los de la encuesta epidemiológica, los de salud ambiental y los de salud alimentaria son los esenciales para poder enfrentarse a una epidemia con el rigor debido. La Tabla muestra los pasos que deben seguirse en la investigación de un brote epidémico.
Durante una epidemia se emplean otros procedimientos para la asistencia. Por ejemplo, la asistencia telefónica o la telemedicina. Si estos procedimientos son habituales o su empleo está reglado, es de suponer que se habrá tenido en cuenta que se trata de actividad asistencial cuya información debe formar parte de la historia clínica de cada paciente. En caso de que no sea así porque se trate de sistemas improvisados, deben establecerse con rapidez los procedimientos y mecanismos necesarios para que el registro de esa información se incorpore a la historia clínica electrónica cuanto antes. Tampoco debe olvidarse que esa información debe cumplir con los requisitos habituales de seguridad de la información clínica.
En el caso de epidemias y para localizar los contactos, se ha propuesto utilizar la información geográfica que permite la telefonía móvil, que puede partir de tres fuentes. La que podrían proporcionar las compañías de telefonía, la que podrían facilitar las apps creadas al efecto, y la que las grandes compañías como Google o Apple pueden suministrar. Desde el punto de vista práctico todas tienen ventajas e inconvenientes. Debe recordarse que la información que pueda obtenerse utilizando estos instrumentos de localización de contactos está sujeta a los principios éticos y legales que se aplican a la información de salud y a la salud digital. Una emergencia no justifica la eliminación de los derechos de las personas, aunque alguno de ellos pueda ser limitado si las leyes lo permiten. Este asunto merece un profundo análisis ético y legal que excede del alcance de este artículo.
En resumen, la salud digital en caso de emergencias debe utilizarse respetando los derechos de las personas y dirigirse a que las autoridades dispongan de la información suficiente, con la calidad debida y en tiempo oportuno para poder tomar las decisiones necesarias para el bien de los pacientes y de la población general. Si el sistema de información de salud se ha desarrollado siguiendo un marco de interoperabilidad que ha permitido la integración de las diferentes fuentes de información, gran parte de esa información necesaria ya estará a disposición de los servicios de salud pública, o su integración será menos laboriosa. Aquella información nueva que proceda de instrumentos que hasta ahora no se empleaban, deberá contar con los mismos requisitos de seguridad que el resto de la información clínica, y deberá integrarse en la historia clínica electrónica con la mayor brevedad posible.