Cuidar a aquellos pacientes, generalmente crónicos, que por sus características especiales pueden beneficiarse de la actuación simultánea y sinérgica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomía, paliar sus limitaciones o sufrimientos y facilitar su reinserción social, es la misión de la atención sociosanitaria a partir de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. En el ámbito sanitario, la atención sociosanitaria se llevará a cabo en los niveles de atención que cada comunidad autónoma determine y en cualquier caso comprenderá: a) Los cuidados sanitarios de larga duración. b) La atención sanitaria a la convalecencia. c) La rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable. d) La continuidad del servicio será garantizada por los servicios sanitarios y sociales a través de la adecuada coordinación entre las administraciones públicas correspondientes.
Los nuevos retos para el Sistema Nacional de Salud se podrían concretar en la búsqueda de un sistema cuasi universal de bajo coste y buena calidad, la adaptación al nuevo e-paciente, paciente activo y la preocupación por la calidad, el envejecimiento y las nuevas formas de envejecer, y por último la cronicidad y la posibilidad de presencia de pandemias globales.
El último de los retos se hizo realidad el 30 de enero de 2020, en que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII)4, y lo hizo porque el SES-CoV-2 se presentó como un evento extraordinario, que constituía un riesgo de rápida expansión en otros países y que requería una respuesta coordinada internacional. Mes y medio más tarde, el 11 de marzo de 2020, el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, declaró que la COVID-19, enfermedad causada por el SERVS-CoV-2 pasaba de ser una epidemia (local) a una pandemia (universal).
La pandemia que estamos sufriendo ha puesto en evidencia la falta de coordinación de los sistemas social y sanitario de nuestro país. Y no sólo eso, sino que ha demostrado una falta de conocimiento de lo que son los recursos sociales y de cuáles son sus competencias. La pandemia nos ha puesto aún más de manifiesto que es necesario disponer de un sistema de atención coordinada para personas con altas necesidades sociales y sanitarias capaz de proporcionar una temprana respuesta y una atención de calidad en cualquier circunstancia. Por eso, este sistema integrado tiene que responder de forma adecuada, adelantándose no solo a las dificultades ordinarias, sino también a las extraordinarias.
En España, hay más de un millón cuatrocientas mil personas en situación de dependencia atendidas en teleasistencia, servicios de ayuda a domicilio, centros de día o residencias de mayores. En éstas últimas se concentran las personas con dependencia más grave y que suelen tener diversas patologías generalmente crónicas. Un número superior a trescientas setenta mil personas, se encuentran en más de cinco mil residencias de mayores a lo largo todo el territorio nacional, de las cuales el 70% se gestionan de forma privada. Un sector que ha tenido un importante desarrollo desde la promulgación de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y que sin embargo necesita nuevos impulsos a tenor de las listas de espera cercanas a las trescientas mil personas más otras ciento sesenta mil pendientes de valorar, amén de las necesidades no cubiertas de Medicina Preventiva.
La Ley de la Dependencia consagró el derecho fundamental a la atención a las personas en situación de dependencia con servicios de ayuda a domicilio, centros de día o residencias de mayores o personas con déficits funcionales. Los centros institucionales se configuraban en la Ley como la prolongación de un domicilio particular. No son centros sanitarios sensu stricto; por tanto, no son lugares donde se presten institucionalmente servicios sanitarios más allá de los meros cuidados. Además, los propios reglamentos de los centros impiden que puedan ser admitidas personas con enfermedades infectocontagiosas o situación clínica inestable. Una residencia no debe confundirse tampoco con hospitales de larga estancia ya que en éstos se prestan servicios sanitarios más intensos a lo largo de 24 horas, lejos de los meros cuidados exigidos en las residencias.
Dicho esto, y establecido claramente la separación entre servicios sociales y servicios sanitarios debemos exigir la necesaria coordinación entre ambos servicios para ganar en resultados en salud y en eficiencia.
Pongamos un ejemplo. En España, como decíamos, hay más de trescientas mil personas residiendo en centros de mayores. Aproximadamente cada día un 1%, se derivan hacia un hospital de agudos como consecuencia de una situación clínica concreta. El médico de la residencia, que no tiene acceso a la historia clínica del residente y que no está coordinado adecuadamente con el centro de primaria, acaba derivando el residente al hospital para evitar complicaciones. Estamos hablando de treinta mil personas que todos los días ingresan por urgencias en un hospital de agudos. No cabe duda que si ese médico de residencia, o la enfermera en caso de ausencia de éste, estuvieran perfectamente coordinados con atención primaria o con el hospital de referencia podrían evitar un porcentaje importante de esas derivaciones con las incomodidades añadidas que acarrean. Es más, el sólo acceso a la historia clínica le permitiría un diagnóstico más acertado y un juicio adecuado sobre la necesidad de ser trasladado o no a un hospital. Derivaciones que no solo causan un trastorno al residente que se le mueve de su habitación para trasladarle en una ambulancia a un hospital, sino que produce también un gasto innecesario en su hospital de referencia. Y la cuestión no es baladí, estamos hablando de cientos de millones de euros al año. Piensen ustedes el gasto que suponen treinta mil personas en urgencias cada día con las pruebas y diagnósticos correspondientes.
Es urgente implantar una autentica coordinación de los mínimos servicios sanitarios que deben existir en las residencias con los centros de Atención Primaria asignándoles hospitales de referencia donde se fomentarían unidades de hospitalización a domicilio que podrían trasladarse a los centros residenciales, y por qué no, un referente de medicina preventiva que entre otras cosas actúe para vigilar y controlar la presencia de microorganismos multirresistentes, tal y como plantea la medida 52 de “106 medidas que mejoran el sector de la salud en España tras la pandemia de COVID-19”: Desarrollar procesos de vigilancia epidemiológica e intervención de salud pública en establecimientos residenciales que permitan garantizar la seguridad de la atención en las mismas o la rápida intervención en caso de necesidad.
Establecido claramente la separación entre servicios sociales y servicios sanitarios debemos exigir la necesaria coordinación entre ambos servicios para ganar en resultados en salud y en eficiencia
El hecho de que tengamos tantos miles de personas agrupadas en centros residenciales en lugar de estar en sus domicilios particulares es una ventaja para ser atendidos por los servicios sanitarios. Las Unidades de Hospitalización a Domicilio es, por tanto, otra de las unidades a potenciar. Y en este caso no sólo para lograr una mayor eficiencia y calidad en la prestación de servicios sanitarios, de forma que los residentes en los centros de mayores reciban una atención especializada sin necesidad de ser trasladados a hospitales sino que estas Unidades deben formar parte habitual del tratamiento sanitario de las personas huyendo del hospitalocentrismo y fomentando además del tratamiento ambulatorio, la atención sanitaria personalizada y de calidad, a la par que garantizando la seguridad del paciente en su entorno natural. El sector de la salud, y utilizo el término salud en concepto amplio, como calidad de vida, exige un ajuste de los recursos a las necesidades de forma que cada persona reciba el tratamiento que le corresponde en el lugar adecuado sin caer en excesos o limitaciones. Igual que no es de recibo que pacientes crónicos estén en hospitales de agudos esperando altas que no se producen por problemas sociales, tampoco lo es que enviemos a los hospitales a personas que pueden ser atendidos en sus domicilios (sean los habituales o las residencias) o que nuestros hospitales de media o larga estancia se encuentren con estancias de más de un año por problemas sociales.
Es urgente plantear un gran debate que conduzca a precisar con rigor la coordinación entre los distintos recursos y en el caso que nos ocupa entre servicios sociales y servicios sanitarios. En ese debate puede plantearse también la posible definición de lo que pudiera ser un recurso sociosanitario, es decir un lugar donde se presten simultáneamente servicios sanitarios y sociales con suficiente intensidad en ambos casos y no de forma puntual o accesoria.
Es urgente, también, un estudio que determine la necesidad de camas de agudos, postagudos o crónicos y los recursos adecuados para cada situación, hospitales de agudos o media y larga estancia, centros socociosanitarios o centros sociales.
En la Fundación Economía y Salud se está trabajando en ello mediante jornadas sociosanitarias que se llevaban a cabo en distintas comunidades autónomas y que pronto se reanudaran para contribuir a un consenso nacional que permita definir con rigor los detalles de la coordinación de servicios sociales y sanitarios, así como la definición de la tipología de los centros.
Alberto Giménez Artés