En el sistema sanitario español, como dijo Jaime Gil de Biedma, “de casi todo hace ya 20 años”1. Y quien dice 20, puede decir 30, 40 e incluso 50.

Poniéndonos en modo rearview window, en poco se parece el Sistema Nacional de Salud (SNS) de hoy al seminal que dispuso la Ley General de Sanidad2 en 1986 y fue estructurado con la Ley de Cohesión y Calidad’ de 20033; las “nuevas formas de gestión” habilitadas en 19974 y 5 ya no son precisamente disruptivas, y la situación presente de los profesionales es bastante dispar a la existente cuando entró en vigor la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias en 20036.

Cabe también hacer mención al mutualismo administrativo, creado en 19757 y llevado al límite en los últimos tiempos8; señalar que la agencia estatal contemplada en la Ley General de Salud Pública de 20119 sigue pendiente10, e incluso preguntarse por qué el reglamento de funcionamiento del Consejo Interterritorial -aprobado en 200311– sigue sin adaptarse a lo fijado para las conferencias sectoriales en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 201512.

Aun siendo conscientes de estas y otras muchas obsolescencias existentes -véanse, por ejemplo, las conclusiones y propuestas del Informe Abril de 199013 o las del dictamen de la Comisión de Reconstrucción Social y Económica el Congreso de los Diputados de 202014, las reformas estructurales requeridas siguen siendo asíntotas, es decir, continúan sin materializarse en un SNS muy alejado de su prime y cada vez más crepuscular.

En un entorno sociodemográfico, epidemiológico y económico como el actual, cuya complejidad va a más, involucionando de lo VUCA15 a lo BANI16, el SNS lleva tiempo abocado a aquello de “renovarse o morir”, aunque la reestructuración -el mutatis mutandis del modelo- ha de hacerse inevitablemente -insisto17 y 18– desde el consenso, la coordinación y las sinergias.

‘El contexto político de crispación permanente y las ya recurrentes prórrogas de los Presupuestos Generales del Estado son el escenario menos propicio para los cambios exigidos’

Frente a la crispación sin precedentes que está generando en las últimas semanas la actualización del Estatuto Marco19 -también de 200320– o el proceso sine die que está conllevando la nueva Ley del Medicamento -cuya última versión es de 201521-, es imprescindible el consenso real entre las administraciones competentes con arreglo a la descentralización competencial concluida en 200122, así como una coordinación plena con todos los actores implicados: los pacientes, como razón de ser del sistema que son; los profesionales, esto es, el principal activo del modelo, y la iniciativa privada -asistencial e industria farmacéutica/tecnológica-, que es una aliada estratégica para la consecución del SNS del siglo XXI que ya debería ser tangible y estar activo.

En paralelo, y en lo que a las citadas sinergias se refiere, la transformación ha de hacerse en consonancia con las decisiones que se tomen en la Unión Europea sobre la gestión y el uso de los datos, la referida farmacia, las enfermedades más prevalentes…, teniendo además en cuenta experiencias reformistas desarrolladas recientemente en estados miembro como el “consejo estratégico” creado en Francia en 202123 o el “equipo independiente al Gobierno” impulsado en Portugal en 202324.

Volver “a ser joven”

Si según pregonan algunos, “fortalecer la sanidad como una de las joyas de la corona de nuestro Estado de Bienestar” es realmente un objetivo prioritario25, una ‘cuestión -precisamente- de Estado’, los progresos deben producirse cuanto antes, con todos los recursos requeridos y en la dirección pertinente.

Cierto es que el contexto político de crispación permanente que padecemos y las ya recurrentes prórrogas de los Presupuestos Generales del Estado26 convierten el escenario actual en el menos propicio para los cambios exigidos, pero para el SNS, como también poetizó Gil de Biedma27 y musicalizó Loquillo28, “ha pasado el tiempo y la verdad desagradable” de no estar adaptándose a las necesidades sanitarias de los españoles “asoma” desde hace demasiado, siendo más que urgente hacer cuanto se precise para que “envejecer, morir” no sean “el único argumento de la obra” de nuestra sanidad; para que pasen otros 20, 30, 40… años más y el SNS pueda volver “a ser joven”.

Bibliografía

  1. Jiménez, M. (2016). El poeta que fue poema. El Correo de Andalucía. [3 de marzo de 2016].
  2. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. (1986).
  3. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. (2003).
  4. Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud. (1997).
  5. Juarez, J. M. (2022). 25 años de la Ley 15/1997. Hacia un nuevo marco normativo para las formas de gestión a partir de la COVID-19. [20 de abril de 2022].
  6. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. (2003).
  7. Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. (1975).
  8. CSIF. (2025). La presión de CSIF acerca el próximo concierto sanitario de Muface: el sindicato aplaza la huelga hasta que se resuelva la licitación. [11 de febrero de 2025].
  9. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. (2011).
  10. Congreso de los Diputados. (2024). Proyecto de Ley por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. [11 de febrero de 2025].
  11. Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. (2003).
  12. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (2015).
  13. Centro Democrático y Social. (1990). Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a la constitución de una Comisión para la revisión del Sistema Nacional de Salud y las tendencias de su entorno en el momento actual y cara al futuro. [18 de enero de 1990].
  14. Comisión para la Reconstrucción Social y Económica del Congreso de los Diputados. (2020). Conclusiones para la reconstrucción social y económica. [22 de julio de 2020].
  15. Nuño Solinís, R., et al. (2021). Claves e itinerario para la transformación organizativa en Sanidad. P. 7.
  16. Gómez Calderón, C. (2025). El principio de incertidumbre. New Medical Economics. [12 de febrero de 2025].
  17. Juarez, J. M. (2024). Asignaturas pendientes en el SNS. New Medical Economics. [18 de diciembre de 2024].
  18. Juarez, J. M. (2025). Por un ‘triángulo ofensivo’ para el SNS. New Medical Economics. [18 de diciembre de 2024].
  19. Confederación Estatal de Sindicatos Médicos. (2024). Miles de médicos se movilizan en toda España para mostrar su rechazo al borrador de Estatuto Marco. [10 de febrero de 2025].
  20. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. (2003).
  21. Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. (2015).
  22. Ley 21/2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. (2001).
  23. Gobierno de Francia. (2021). Healthcare innovation 2030. Shaping France as the leading European nation in innovation and sovereignty in healthcare.
  24. Constenla, T. (2022). Portugal intenta salvar una sanidad pública en estado crítico. El País. [10 de noviembre de 2023].
  25. Atlas España. (2025). Sánchez: «Debemos fortalecer la Sanidad Pública como una de las joyas del Estado de Bienestar». ABC. [21 de noviembre de 2022].
  26. Consejo de Ministros. (2024). Criterios de la prórroga para 2025 de los Presupuestos Generales del Estado. [23 de diciembre de 2024].
  27. Gil de Biedma, J. (1970). Poemas póstumos. Poesía para todos. P. 177.
  28. Sanz, J. M. & Sopeña, G. (1994). La vida por delante. Hispavox. Pista 4: No volveré a ser joven.